Lograr un equilibrio entre la vida profesional y familiar es algo complejo que pocos consiguen. Más aún si se trata de un trabajador por cuenta propia (autónomo). Sin embargo, a pesar de tener una dificultad contundente, no es misión imposible.
Así como el trabajo es esencial, el cuidado del entorno familiar también. Desde Previsión Mallorquina te cuentan cómo lograr una mayor tranquilidad para conciliar la vida profesional y familiar en estos casos.
Bonifica tu cuota
Para armonizar esta desafiante situación, los autónomos familiares en España tienen derecho a la conciliación familiar y laboral. Esto les facilita la adaptación de un horario para cuidar de sus familiares.
Los trabajadores autónomos tienen derecho a bonificar la cuota que pagan a la Seguridad Social. La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, publicada por el Boletín Oficial del Estado, propone algunas ventajas para lograr la tranquilidad de conciliar vida laboral y familiar siendo autónomo.
Esta bonificación, para trabajadores autónomos que permanezcan de alta en el RETA y contraten a un trabajador/a a tiempo completo o parcial, se concederá (previamente justificada) por tener a cargo el cuidado de hijos menores de 12 años o a un familiar, por consanguineidad hasta el segundo grado en situación de dependencia. Si la razón es por tener a su cargo a un familiar por consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con discapacidad deberá de estar debidamente acreditado, siempre y cuando dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.
Así, si el trabajador por cuenta ajena solicita esta prestación ha de saber que, si la contratación es indefinida la bonificación será del 100%, y si es a tiempo parcial será del 50%. Esta bonificación se podrá disfrutar hasta un máximo de 12 meses, siempre que el trabajador contratado se mantenga durante el tiempo de disfrute de la bonificación. El contrato deberá tener una duración mínima de 3 meses.
Tributa con tu cónyuge y aprovecha los beneficios fiscales
Ser autónomo familiar puede ser una buena opción para hacer balance entre vida profesional y vida familiar. Los autónomos familiares tienen la posibilidad de tributar de manera conjunta con su cónyuge e hijos para aprovechar algunos beneficios fiscales. En el caso de las parejas de hecho sin vínculo matrimonial, también se puede hacer conjuntamente, pero de ser así sólo uno de los miembros podrá formar una unidad familiar con sus hijos menores o mayores que estén incapacitados judicialmente, mientras que el otro miembro de la pareja deberá declarar de manera individual.
La declaración conjunta permite reducir la carga fiscal al agrupar las rentas de varios miembros de la familia. Así, en caso de tener derecho a alguna deducción ésta se aplica conjuntamente y se obtiene un mayor ahorro fiscal. Para ello, el autónomo debe incluir en su declaración de la renta sus ingresos, los de su cónyuge e hijos.
Comprueba cuál es tu cuota reducida
La orden de bases de cotización para el nuevo año ha incluido distintas novedades que afectan a los autónomos. Los trabajadores por cuenta propia que hayan comunicado sus ingresos reales y prevean tener unos beneficios por debajo de 1.166 euros al mes, pueden acceder a tres tramos distintos, de acuerdo a los rendimientos que prevean obtener:
- Menos de 670 euros al mes. Éstos podrán acceder a una base mínima de 735,2 euros al mes y una cuota reducida de 230 euros al mes.
- Entre 670 y 900 euros al mes. Podrán acceder a una base mínima de 816,9 euros al mes y una cuota de 254,8 euros al mes.
- Entre 900 y 1166 euros al mes. En este umbral, los autónomos podrán pagar una base mínima de 872,5 euros y una cuota de 272,2 euros mensuales.
Teletrabaja para conciliar tu vida profesional y laboral
Siempre y cuando tu actividad laboral lo permita, el teletrabajo es una forma muy válida para conciliar la vida laboral y familiar. Gracias a este formato de trabajo, podrás hacerte cargo de tus hijos o personas dependientes, compaginando así el cuidado de la familia y la actividad laboral.
Infórmate de las ayudas que ofrece tu Comunidad Autónoma
Además de las ayudas estatales, las comunidades autonómicas ponen a disposición distintas líneas de ayudas enfocadas, entre otras, en la conciliación familiar, la contratación de empleados o la sostenibilidad.
Solicita tu prestación por maternidad
En España, al igual que las trabajadoras por cuenta ajena, las madres autónomas cuentan con el derecho de solicitar la prestación por maternidad. A partir del nacimiento del bebé, la prestación cubierta por la Seguridad Social tiene una duración máxima de 16 semanas.
Más concretamente, las primeras seis semanas son obligatorias y sin interrupción, permitiéndose un adelanto de hasta 4 semanas antes del parto. Las otras 10 semanas son de carácter voluntario y, si se desea, se pueden disfrutar de manera interrumpida.
Ahorra hasta 1.000 euros al año
Para que las trabajadoras por cuenta propia tengan la posibilidad de deducir hasta 1.000 euros al año en la declaración de la renta, las madres autónomas pueden solicitar el “Cheque Guardería”. Se trata de una bonificación que les permite ahorrar hasta 1.000 euros anuales. Para poder obtener esta prestación, los hijos tendrán que ser menores de tres años.
Tarifa plana de hasta 24 meses
Al volver a trabajar como autónoma dentro de los dos años posteriores al permiso de maternidad, la madre puede disfrutar de la tarifa plana durante un plazo extendido de 24 meses, en lugar de los 12 meses que se permitían hasta el año 2022. Es importante que sepas que para disfrutar de esta prestación no puedes haber disfrutado de esta tarifa plana en los dos años anteriores.