En una empresa, son cuatro tipos de seguros los que se pueden desgravar en el impuesto de sociedades. Están el seguro de Responsabilidad Civil, seguro de oficina/local, seguro de coche -solo en caso de que el vehículo se use para fines laborales- y también se puede desgravar el seguro de salud -si se contrata para cada uno de los empleados-. En este último caso, hay un límite en la cantidad a deducir y es de 500€/año por persona.
“Cada vez es más habitual que las empresas contraten este tipo de seguro para sus empleados, ya que es una forma de satisfacer a los trabajadores y generar sentimiento de pertenencia a la empresa y, en consecuencia, de retener talento en la misma”, señalan desde Roams, experto digital en asesoramiento sobre materia financiera y de seguros.
Por ejemplo, una pyme con unos ingresos anuales de 250.000 euros y unos gastos deducibles de 125.000€, y tiene contratados los siguientes seguros:
- Seguro RC actividad: 450€
- Seguro local/oficina: 370€
- Seguro de salud 498€/empleado (3): 1.494€
¿Qué gastos se puede llegar a deducir una pyme así?
La suma de los gastos que tenga a nivel profesional junto al importe de todos los seguros al completo, ya que ninguno supera, en este caso concreto, el límite establecido para la desgravación, según cuentan desde Roams.
Por tanto, son 127.314€, que se restan a los ingresos generados por la empresa, de tal forma que el resultado antes de impuestos se queda en 122.686€. A esto hay que restar el impuesto de sociedades que, en el caso de las pymes, es de un 25%. Es decir, 30.671,5€. Por tanto, teniendo en cuenta este supuesto, la empresa obtendría un beneficio total de algo más de 92.000€. Hay entonces más de 150.000€ que, bien sea por gastos propios de la empresa o bien por asegurar la actividad empresarial y la de sus empleados, se quedan por el camino.
“Esta cuantía es una demostración del coste que supone el emprendimiento, pero también de la necesidad de estar protegidos frente a un imprevisto y, sobre todo, de la importancia de conocer las vías que permiten al emprendedor reducir su carga fiscal”, manifiestan desde Roams.
Con los autónomos sucede algo similar. Aunque, en este caso, hay más pólizas que se pueden llegar a deducir. Concretamente, un autónomo puede declarar como gasto deducible los seguros contratados que sean necesarios para el desarrollo de su actividad, entre los que se encuentran:
- El seguro de vida, aquí un autónomo puede desgravar la prima del seguro de vida hasta 500€ al año.
- Y este límite es el mismo en los seguros de IT (Incapacidad Temporal) para el autónomo.
- En cuanto a los seguros que se contraten para el desarrollo de la actividad como, por ejemplo, el seguro de responsabilidad civil -ya sea RC general o profesional- y el seguro de oficina -siempre que se desarrolle la actividad laboral en un local-, son deducibles al 100%.
- En el seguro de coche, hay que diferenciar el uso que se dé al vehículo. Si es para actividad laboral, entonces sí se puede deducir hasta el 100% de la prima de la póliza de coche; mientras que si el coche se usa para cuestiones personales, no.
- En el seguro de hogar, será deducible sólo si el autónomo trabaja en su domicilio y nunca por el 100% del importe, ya que la vivienda no tiene un uso exclusivo para el desarrollo de la actividad. La desgravación va en proporción al espacio que se use para dicho desempeño profesional.
- El seguro de salud para autónomos, donde se puede desgravar el 100% de la prima, con un límite de 500€/año. Además, si se paga el seguro del cónyuge e hijos (siempre que sean menores de 25 años y vivan en el domicilio), este límite se amplía en 500€ más por cada miembro de la familia que esté asegurado. Y si alguno de los miembros de la unidad familiar es una persona con discapacidad, el límite es de 1.500 euros.
A raíz de la pandemia, el seguro de salud ha experimentado un importante crecimiento. De hecho, ha pasado de 1,5 millones de personas las que tenían contratado un seguro de salud privado en España en 2019 a más de 12 millones en 2022, según datos del sector. Un aumento significativo, ya que supone que más de un 25% de la población en España tiene contratado un seguro de salud.
Teniendo presente este escenario, un autónomo que desempeña como actividad profesional labores de contabilidad, gestoría y asesoramiento legal en Castilla y León, ha obtenido 50.000€ de ingresos y ha tenido unos gastos de 19.259€. Además, tiene contratados los siguientes seguros:
- Seguro de RC actividad: 450€
- Seguro local/oficina → 370€
- Seguro de salud 498€/empleado (3) = 1.494€
- Seguro IT → 427€
Por tanto, los gastos deducibles serán la suma de los gastos derivados de la actividad profesional y todos los seguros, que hacen un total de 22.000€. En este sentido, los beneficios obtenidos sin impuestos son de 28.000€. A partir de aquí, hay que aplicar los siguientes conceptos a nivel fiscal:
- Cuota IRPF: 17,25% de 28.000€, total de 4.830,10€
- IRPF facturas: 15% de 50.000€, total de 7.500€
- Resultado de la declaración: -2.669,90€
Es decir, el beneficio obtenido para el bolsillo del autónomo después de todo tipo de impuestos, sería de 23.169,9€. Por lo general, tanto autónomos como empresarios suelen asegurar su actividad -no sólo aquellos que sean obligatorios por ley- sino también aquellos seguros que, al menos, protegen la inversión y/o actividad. Una demostración de lo que en sí cuesta emprender.