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Jueves, 21 Noviembre 2024

Recursos

Cómo crear una empresa desde un euro con la Ley Crea y Crece

empresa

La aprobación de la Ley Crea y Crece ha generado una serie de novedades dirigidas a activar la economía, especialmente en lo que al crecimiento de las pymes respecta, y a reducir la morosidad.

Una de las principales innovaciones de esta normativa hace referencia a la creación de empresas. Desde su aprobación, se establece la posibilidad de fundar una sociedad de responsabilidad limitada con tan solo un euro.

Este impulso para la pequeña y mediana empresa también se verá reflejado con la incorporación de otro paquete de medidas que faciliten la creación de una empresa, al reducir el coste económico y simplificar los trámites para su constitución de forma ágil y telemática.

Con esta iniciativa, se deja atrás el mínimo legal de 3.000 euros establecido hasta entonces, permitiendo a las empresas utilizar estos recursos en usos alternativos y facilitando la creación de nuevos negocios.

De esta forma, según asegura el Gobierno, España se alinea con gran parte de los países de nuestro entorno en los que no se requiere un capital mínimo, favoreciendo de esta forma el emprendimiento. Asimismo, se facilita la constitución telemática de empresas a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), lo que garantiza una reducción en los plazos para su creación y de los costes notariales y registrales.

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No obstante, en el caso de las sociedades anónimas, el capital social no podrá ser inferior a 60.000 euros y se expresará en la misma moneda. En este caso, se dice tácitamente que «no se autorizarán escrituras de constitución de sociedad de capital que tengan una cifra de capital social inferior al legalmente establecido, ni escrituras de modificación del capital social que lo dejen reducido por debajo de dicha cifra, salvo que sea consecuencia del cumplimiento de una ley».

20% de los beneficios a la Reserva Legal

Sin embargo, y pese a que las organizaciones se pueden constituir con un solo euro, se obligará a éstas a que destinen el 20% de sus beneficios a la partida de Reserva Legal, hasta que ésta sumada al capital social alcance la cifra mínima de 3.000 euros, tal y como señala Emprendedores.

Por otro lado, si la empresa tiene deudas y se disuelve sin que se puedan satisfacer las deudas con el patrimonio resultante, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito.

Con esta medida , la Ley Crea y Crece reduce y agiliza los trámites y condiciones para la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, fomenta su crecimiento a través de la mejora regulatoria, generaliza el uso de la factura electrónica, establece medidas para luchar contra la morosidad en operaciones comerciales e impulsa la financiación alternativa potenciando mecanismos como el crowdfunding, la inversión colectiva o el capital riesgo, según apunta El Diario.

Estatutos sociales

En los estatutos sociales deben aparecer la denominación de la sociedad; el objeto social, determinando las actividades que lo integran; el domicilio social; el capital social; el modo de organizar la administración de la sociedad y el modo de deliberar y adoptar sus acuerdos en los órganos colegiados de la misma.

En lo que respecta al capital social, deben aparecer las participaciones o las acciones en que se divida, su valor nominal y su numeración correlativa.

Si la sociedad fuera de responsabilidad limitada expresará el número de participaciones en que se divida el capital social, el valor nominal de las mismas, su numeración correlativa y, si fueran desiguales, los derechos que cada una atribuya a los socios y la cuantía o la extensión de éstos.

Si la sociedad fuera anónima expresará las clases de acciones y las series, en caso de que existieran; la parte del valor nominal pendiente de desembolso, así como la forma y el plazo máximo en que satisfacerlo; y si las acciones están representadas por medio de títulos o por medio de anotaciones en cuenta. En caso de que se representen por medio de títulos, deberá indicarse si son las acciones nominativas o al portador y si se prevé la emisión de títulos múltiples.

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