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Jueves, 21 Noviembre 2024

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¿Qué es la normativa MICA y cuándo entra en vigor?

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En torno al mundo de las criptmonedas cada vez hay más información, pero a la vez muchos interrogantes. En una materia que es relativamente nueva y con la que no todos los ciudadanos están familiarizados ha habido hasta la fecha cierta sensación de vacío legal. Este fenómeno está a punto de acabar ya que la Comisión Europea ha decidido tomar cartas en el asunto.

Las autoridades comunitarias siempre han estado preocupadas por la inversión en monedas digitales, debido a los mensajes de alerta lanzados por instituciones financieras de todo el mundo. Ahora, la Unión Europea ha dado un paso al frente, con la publicación del primer reglamento MICA (Markets in Crypto Assets, por sus siglas inglés) que establecerá cómo debe ser el mercado de los activos criptográficos en los próximos años a nivel continental.

En este borrador (que aún no es definitivo y está sujeto a revisión), la Comisión Europea define los criptoactivos sujetos a la regulación, y establece unas condiciones mínimas de transparencia y solvencia a todos los llamados proveedores de servicios de criptoactivos, tal y como señala el diario Cinco Días. Según MICA, serán las autoridades nacionales (la CNMV en el caso español) las encargadas de supervisar y autorizar a las entidades que quieran participar en este mercado, ya sean como proveedores de servicios o como emisores de activos. De la misma manera, se establecen unos requisitos mínimos para la emisión de estos activos, siendo mayores los requisitos para los llamados tokens de dinero electrónico, criptoactivos usados como medio de intercambio y que están denominados en unidades de una moneda nacional.

Con este marco regulatorio común para todos los países de la zona euro se establece lo que debe ser la base del sector de los criptoactivos para los próximos años, fijando unos estándares de transparencia, solvencia, y protección de los consumidores frente a posibles estafas. Además, se busca facilitar el desarrollo y la innovación empresariales en este sector mediante la definición de procedimientos de autorización de entidades y emisiones.

Objetivos del reglamento europeo

El principal objetivo que persigue la MICA es la regulación del mercado de los criptoactivos que actualmente no se consideran dentro de la legislación financiera de la UE como activos financieros o dinero electrónico, quedando fuera los llamados security tokens, que sí pueden tener consideración de instrumento financiero (y estarían regulados por la Directiva MiFID II), y aquellos criptoactivos emitidos por los bancos centrales.

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Junto a este objetivo, el reglamento del mercado de criptoactivos persigue también, según la clasificación que establece Grupo Ático 34:

  • Crear e implantar un marco regulatorio que dé seguridad jurídica a todos los participantes en este mercado y ayude a favorecer su desarrollo en la UE.
  • Fomentar la innovación y el desarrollo de los criptoactivos, sin dejar de lado la protección de inversores y consumidores, promoviendo un uso más general de tecnologías basadas en blockchain.
  • Garantizar la estabilidad financiera, especialmente cuando vayan llegando al mercado más criptomonedas estables mundiales (criptomonedas que, a diferencia de Bitcoin o Ether, tienen un valor basado en una divisa concreta).

MICA en la UE se aplicará tanto a emisores o asesores de emisión de criptoactivos, como a quienes presten servicios de criptoactivos. En ese sentido, el reglamento también recoge la obligación de que estos tengan un domicilio social en alguno de los países que forman parte de la Unión.

Esta propuesta de reglamento europeo de criptomonedas también pretende:

  • Establecer una serie de requisitos de transparencia e información para autorizar la emisión de un criptoactivo en concreto, y para el funcionamiento, organización y gobernanza de los proveedores de servicios de criptoactivos.
  • Definir normas que aseguren la protección de los consumidores y eviten situaciones de abuso en el mercado (por ejemplo, esto ayudaría a disipar dudas respecto a la seguridad en los NFT).
  • Regular las ofertas públicas de criptoactivos (que no sean tokens referenciados a activos o tokens de dinero electrónico) y la forma en que se comunican.
  • Establecer un procedimiento regulado para la autorización de emisores de criptoactivos referenciados a activos y de dinero electrónico.
  • Establecer una regulación para la autorización y condiciones de funcionamiento de los proveedores de servicios de criptoactivos, es decir, normas y procedimientos que garanticen la seguridad de los criptoactivos de los que son responsables (por ejemplo, qué medidas de seguridad utilizan para asegurar el acceso a los criptoactivos de sus clientes, como puede ser el empleo de la criptografía asimétrica).

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