Un día antes de acabar 2021, el BOE publicó las bases que regulan la concesión de ayudas del Kit Digital, gestionado por red.es y que repartirá miles de millones entre pymes y autónomos españoles. El desconocimiento de la burocracia de la Administración y las ganas por optar a este programa, tanto como proveedor como beneficiario, ha llevado a muchos a pensar que esto significaba el pistolezado de salida para «apuntarse» como agente digitalizador.
Nada más lejos de la realidad. Se trata de un paso importante, pero solo uno más, del largo camino que suele rodear este tipo de trámites. Según indica Pedro Robles, fundador de Fandit, en su Linkedin, «por ahora no se puede presentar la solicitud ni la homologación. Para ello tienen que publicarse las diferentes convocatorias. Primero para agentes y después para solicitantes».
En la orden del BOE encontramos algunas novedades interesantes para los futuros agentes digitalizadores. El fundador de Fandit lo resume de esta manera:
- Las empresas tienen que tener una facturación acumulada de 100.000 euros en los dos últimos años o 50.000 euros, en el año anterior. Se trata de una mejoría en las condiciones que se publicaron, de forma provisional, en red.es y que te las contábamos aquí. Con estos cambios, más empresas pequeñas o con menor facturación, podrán convertirse en agentes digitalizadores.
- En el caso de los autónomos, estos tienen que tener una facturación acumulada de 70.000 euros en los dos últimos años, o 35.000 euros en el año anterior.
¿Qué dice el BOE con respecto al bono digital?
Las empresas que quieran acceder a este bono digital, que será como máximo de 12.000 euros a cuenta de los fondos europeos, tendrán que hacer el test de autodiagnóstico digital que se encuentra en la web Acelerapymes. El resultado le indicará el área de digitalización que deberá reforzar. A continuación tendrá que elegir los servicios contenidos en el «Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa», que aún está por configurar.
Por otra parte, el BOE indica que el bono no se hará efectivo hasta que el Agente Digitalizador (que se haya homologado debidamente en la plataforma oficial de AceleraPymes) «presente la cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención» en nombre del beneficiario. Tras lo cual, el órgano correspondiente considerará justificada la subvención.
Las empresas beneficiarias se dividirán en tres grupos, con cuantías, requisitos y tiempos diferentes para optar a las ayudas:
- Pymes y autónomos entre 10 y 50 empleados: podrán acceder hasta 12.000 euros de bono digital.
- Pymes y autónomos entre tres y 10 empleados: podrán acceder hasta 6.000 euros de bono digital.
- Pymes y autónomos entre una y menos de tres empleados: podrán acceder hasta 2.000 euros de bono digital.