Los seguros de responsabilidad civil para las pymes son obligatorios según la actividad que se realice. En la actualidad, existen estos seguros para, por ejemplo, profesionales o entidades que se dediquen a los servicios sanitarios, tanto en el sector público como en el privado, como corredores de seguros o la pymes que se dedican al mantenimiento de los ascensores.
El colectivo de transporte es otro de los sectores donde la ley obliga que se contrate un seguro de responsabilidad civil. Y en este área también entran las agencias de viaje y el transporte público (escolar, municipal, colectivo). En definitiva, este producto no es obligatorio de forma general, pero sí para aquellos negocios con un trato directo con el cliente.
Es importante que no confundamos los seguros de responsabilidad civil para empresas con los seguros para pymes, que tienen añadidas además otra serie de coberturas. En el caso del primero, la cobertura de la póliza se ciñe al ámbito de la responsabilidad civil, como su nombre indica. Así por ejemplo, esta garantía cubre posibles daños que el asegurado pueda causar a un tercero en el desarrollo de su actividad. Por ejemplo, si un instalador coloca mal una lavadora, y esto genera daños por agua en la cocina donde la instaló, y en el piso de abajo; o si en otro caso, una empresa de hostelería que hace comida para llevar a domicilio, provoca una intoxicación a sus clientes, estos tienen que responder por el daño causado a ese tercero, y repararlo. Para estos supuestos, contar con el seguro de responsabilidad civil es fundamental para que tu seguro te respalde con la reparación de ese daño causado.
¿En qué consiste el seguro de responsabilidad civil?
Imagina que estás viendo un espectáculo y, de repente, se cae parte del techo y te da en la cabeza. En este caso, la empresa responsable del lugar tendría que indemnizarte y de eso se haría cargo la compañía del seguro de responsabilidad civil que tendrían contratado.
Para que haya responsabilidad civil tienen que coincidir tres aspectos:
- La persona que provoca el daño es civilmente responsable de la que lo padece.
- El perjuicio puede ser un daño físico o legal (como un incumplimiento contractual). En el primer caso, es el juez el que evalúa el alcance del mismo, en el segundo se pueden establecer una serie de penas para calcular la indemnización.
- Causalidad. Muy importante: debe existir una relación de causalidad entre quien provoca el daño y la lesión, ya sea por acción u omisión. Los perjuicios fortuitos o inevitables no son recogidos por este tipo de seguros.
Con respecto a las consecuencias para el negocio que incurra en responsabilidad civil hay dos supuestos de obligación, principalmente. En primer lugar, la reparación del daño causado y, cuando esto no sea posible, se tendrá que indemnizar; la ley establece que lo primero tenga prioridad sobre lo segundo. Es más, si el responsable del perjuicio no pudiera hacer frente inmediatamente a sus obligaciones económicas, estas se quedarían pendientes hasta que pudiera hacerlo, aunque fuera en el futuro.
En definitiva, aunque los seguros de responsabilidad civil no sean obligatorios en todas las empresas, sí lo son en determinadas actividades que tengan una relación directa con los clientes. De cualquier manera, se trata de un producto necesario y útil que protege al negocio de muchas reclamaciones habituales que podría suponer desembolsar una cantidad de dinero importante.