Según publican en la asesoría, SincroGO, ya está publicado en el BOE la orden por la que se autoriza a los trabajadores afectados por un ERTE que tengan que pagar a Hacienda, el fraccionamiento del pago en seis veces. Se trata de una medida extraordinaria de la Administración debido al impacto que ha provocado en los más vulnerables haber tenido dos cobradores en 2020 (el estado y su empresa privada).
La condición básica que se exige para poder acceder a esta fórmula de pago es que el obligado tributario haya sido incluido durante el periodo impositivo 2020 en un ERTE, habiendo recibido alguna prestación por ese motivo, y durante ese período, según indican en SincroGO. Además, desde la asesoría recuerdan que el fraccionamiento «es optativo», y se cobrará los días 20 de cada mes, siendo el primero el 20 de julio de 2021.
Los requisitos para optar a este fraccionamiento son los siguientes:
- Haber estado incluido en un ERTE durante el año 2020, habiendo sido perceptor en ese ejercicio de las correspondientes prestaciones.
- No exceder de 30.000 euros el importe en conjunto que se encuentre pendiente de pago para el solicitante, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo, de las deudas con la Administración.
- La declaración del IRPF se ha de presentar dentro del plazo voluntario de autoliquidación e ingreso, sin que pueda fraccionarse el ingreso derivado de autoliquidaciones complementarias presentadas con posterioridad al 30 de junio de 2021, o día inmediato hábil posterior, para el caso de ser inhábil.