Leemos en El Economista una preocupante noticia y es que la cuarta parte de las empresas que operan en España se encuentran en situación de «quiebra técnica», como consecuencia del COVID. Entre otras consecuencias, la quiebra técnica significa que los socios tienen la obligación de disolver la sociedad. Pero todavía podría ser peor, la misma noticia nos alerta de que el Banco de España eleva la cifra hasta la tercera parte del total, en caso de que esta situación se alargue en el tiempo.
La Ley de Sociedades de Capital (LSC) es la normativa que regula esta situación que, al final, es el resultante de que la empresa haya registrado un patrimonio neto negativo por tener perdidas durante un tiempo. De esta manera, el activo empresarial es inferior al valor que el negocio tiene con terceros.
Ante esta situación, ¿qué se puede hacer? Entre las medidas aprobadas por el Gobierno se incluye un Real Decreto que establece que las empresas en situación de insolvencia no tienen que presentar el «procedimiento concursal hasta finalizar el año», según El Economista. Esto evitaría la disolución de la misma, que repercutiría negativamente en el empleo y provocar un colapso en los tribunales.
Con respecto a las empresas afectadas por las deudas, este año la proporción también aumentaría de forma moderada (entre un 5% y un 6%), donde las pymes serían, de nuevo, las más afectadas.