Antes de que se celebrara el Consejo de Ministros de ayer martes, la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), de manos de su presidente, Lorenzo Amor, emitía un nuevo comunicado debido a la «pérdida de rumbo económico del Gobierno de España» y volvían a exigir que se adoptaran inmediatamente las medidas para paliar la ruina a la que están abocados de continuar así y que no ayudan en nada en el corto, medio, ni largo plazo a la permanencia de las actividades de autónomos y empresas. «Consideramos que estamos a tiempo y el Gobierno tiene posibilidad de cambiar desde mañana en Consejo de Ministros», decía Amor.
“Las medidas sanitarias que se están adoptando y que con absoluta responsabilidad acatamos todo el tejido empresarial unido, autónomos, pymes y empresas. No justifican las irresponsables medidas laborales que se están legislando y que llevan al cierre de muchos autónomos”, ha asegurado el presidente ATA.
Tras la publicación de esta noticia, Nadia Calviño, ministra de Economía, aclaraba las nuevas medidas que han adoptado para este colectivo, y que hasta este momento hay que coger con «pinzas» porque aún no se ha publicado el Real Decreto. Entre las más importantes están la moratoria de seis meses del pago de la cuota a la Seguridad Social para los autónomos sin derecho a paro, aplazamiento de la cuota de marzo (que ya se ha pagado), microcréditos para pagar el alquiler o la ampliación de la moratoria hipotecaria.
De todas formas, las nuevas medidas no parece que hayan calado demasiado, ya que no recogen algunas de las reclamaciones del colectivo y, concretamente, de ATA, que proponía las siguientes medidas:
Cuota de autónomos
- Suspensión de la cuota de autónomos de los meses de marzo, abril y mayo.
- La cuota de marzo que ya ha sido abonada, será de vuelta inmediatamente y de oficio a todo el colectivo, y no se cobrarán recargos a quien la hayan devuelto.
- Todo aquel autónomo que por las medidas adoptadas no esté exonerado de la cuota, se le girarán las 3 cuotas en los meses de septiembre, octubre y noviembre.
- Los autónomos que se hayan contagiado por COVID-19 y aquellos que estén en cuarentena obligatoria estarán exentos de pagar la cotización desde el primer día.
Obligaciones fiscales y tributarias
- Suspensión de todos los trámites impositivos y obligaciones tributarias del primer trimestre que hay que presentar en abril y aplazar su presentación al mes de julio.
Prestación extraordinaria por cese de actividad
- Reducir el umbral de pérdidas en el último mes que establece la prestación de cese de actividad por causas económicas de un 75% a un 30%, igual que ha hecho el estado danés.
- Ampliar el plazo de disfrute de esta prestación a 3 meses.
- Permitir el cobro de la prestación extraordinaria de cese de actividad a todos aquellos autónomos que tienen derecho a ella y que reciban otra prestación de la Seguridad Social siempre que esa prestación no alcance el 50% del salario mínimo interprofesional.
- Incluir en los supuestos de fuerza mayor para el acceso a la prestación extraordinaria de cese de actividad, a las actividades que ya no son esenciales de acuerdo con el Real Decreto ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de los servicios no esenciales.
Expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs)
- Anular la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, con respecto a la obligatoriedad del mantenimiento del empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad.
- Establecer como fecha de finalización de los ERTES un mes posterior a la finalización del estado de alarma.