Antes de abordar qué es el libro registro de bienes de inversión, vamos a definir qué son los bienes de inversión. Hacen referencia a aquellos bienes que hemos comprado y que no vamos a consumir en un ejercicio. Son aquellos que compramos para utilizarlos durante más de un año. Un ejemplo de un bien de inversión puede ser un ordenador o un local.
Se consideran bienes de inversión los bienes corporales, muebles, semovientes o inmuebles que, por su naturaleza y función, estén normalmente destinados a ser utilizados como instrumentos de trabajo o medios de explotación.
La Agencia Tributaria nos indica que estos bienes deben ser amortizados durante toda su vida útil. Por ello, debemos llevar el libro registro de bienes de inversión. Este registro forma parte de los documentos de facturación.
Deberán llevar este Libro registro los sujetos pasivos que tengan que practicar la regularización de las deducciones por bienes de inversión.
En este libro se registrarán:
- Los bienes de inversión debidamente individualizados.
- Los datos precisos para identificar las facturas y documentos de Aduanas de cada bien.
- Por cada bien individualizado se registrará: la fecha del comienzo de su utilización, la prorrata anual definitiva y la regularización anual, si procede, de las deducciones.
En los casos de entregas de bienes de inversión durante el período de regularización, se darán de baja del libro registro los bienes de inversión correspondientes, anotando la referencia al asiento del Libro registro de facturas emitidas que recoge la entrega, así como la regularización de la deducción efectuada con motivo de la misma.
Las rectificaciones, en cuanto afecten a la regularización de las deducciones por adquisiciones de bienes de inversión, se anotarán en el Libro registro junto a la anotación del bien al que se refieran.
Sólo se efectuará la rectificación de las anotaciones registrales cuando se hubiesen producido errores materiales al efectuar las mismas.
Qué incluye el libro de registro de bienes de inversión
Según factufacil.es, el libro de registro de bienes de inversión debe contener:
- Cada bien de forma detallada del que haya que llevar su registro.
- El número de factura de la compra (si ha sido importado el documento de aduanas).
- La fecha de comienzo de utilización del bien.
- Método de amortización.
- Valor inicial, valor residual y valor a amortizar (es la diferencia entre el valor inicial y el residual).
Por otro lado, para cada año de vida del bien de inversión anotaremos la base de amortización, la cuota de dicha amortización, la amortización que realmente se ha practicado y la amortización acumulada (es la suma de las amortizaciones de los años que lleva en funcionamiento el bien) y el valor pendiente. Este último es la diferencia entre en valor inicial del bien y la amortización acumulada hasta la fecha.
Libro de IRPF
Hay dos tipos de libros de registro de bienes de inversión, el que hace referencia al IRPF y el que hace referencia al IVA. Según la web gabilos.com, en el libro registro de bienes de inversión de IRPF se registrarán, detallada e individualmente, cada uno de los elementos de inmovilizado material e inmaterial que se amortizan, afectos a la actividad, con expresión del número de anotación, valor de adquisición, fecha de puesta en funcionamiento y cuotas de amortización cuando las haya, así como la baja y la fecha de la misma.
El conjunto de las fichas de amortización de los distintos elementos de inmovilizado que posee la sociedad formará el libro registro de bienes de inversión. Habrá que incluir también el proveedor, la duración prevista en años, el método de amortización, la fecha de inicio de amortización, el valor inicial, el valor residual y el valor a amortizar.
Libro de IVA
Este libro deben llevarlo los sujetos pasivos del I.V.A. que tengan que practicar la regularización de las deducciones por bienes de inversión, según lo dispuesto en los artículos 107 a 110 de la L.I.V.A.
En el libro registro de bienes de inversión se registrarán, debidamente individualizados, cada bien de inversión, identificando de forma precisa las facturas y documentos de aduanas, la fecha de comienzo de utilización, prorrata anual definitiva y la regularización anual, si procede, de las deducciones.
Todo ello está fundamentado en el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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