Tanto Uber y Cabify podrán mantener en secreto sus cifras de negocio concretas tras el auto emitido por el Tribunal Supremo. En el mismo se abre la puerta a que estas dos startups no estén obligadas a compartir datos exactos sobre su actividad a los taxistas. Este auto llega en plena guerra, y tras un pleito iniciado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
El Alto Tribunal deja que muestren las cifras en tramos y no completas en una versión «no confidencial» pese al rechazo de Fedetaxi.
En julio de 2017, la CNMC presentó una demanda ante el Supremo. El objetivo era anular el decreto ley por el que el Gobierno rescató la polémica limitación de licencias VTC, utilizadas frecuentemente por Uber y Cabify, frente a las del taxi. De un lado, junto a la CNMC se personaban Uber, Cabify y Unauto (la patronal del sector), mientras que al otro se situaba Fedetaxi, la federación mayoritaria.
En octubre, la federación de taxistas exigió que Uber y Cabify presentasen “certificación comprensiva de las cifras de facturación de servicios en España de los últimos ejercicios (2015 y 2016) y las realizadas hasta la fecha en el actual (2017)”. También querían que desglosaran el número de servicios, de clientes y el método de calculo del precio.
El Supremo estimó parcialmente el recurso y exigió que Uber y Cabify aportaron certificación de las cifras globales de servicios realizados. Pero rechazó la solicitud del resto de datos, por tener información suficiente o por no ser necesarios esos datos para resolver el pleito.
Fedetaxi volvió a recurrir para pedir que se levantara el carácter confidencial de los documentos. Pero los magistrados de la sala de lo contencioso-administrativo afirmaron que «“la aportación de tramos en los que se enmarcan los datos solicitados de viajes y usuarios son suficientes».
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