Los autónomos españoles presentaron un total de 6.662 solicitudes el año pasado para obtener la prestación por cese de actividad, de las que únicamente el 44% fueron resueltas favorablemente en primera instancia, mientras que el 44,8% se resolvieron desfavorablemente, concentrando cinco comunidades autónomas (Galicia, Andalucía, Comunidad de Madrid, Cataluña y Comunidad Valenciana) el 71,5% de las mismas.
En concreto, durante el pasado año se presentaron un total de 6.662 solicitudes para obtener la prestación por cese de actividad, de las cuales 2.935 fueron resueltas favorablemente y 2.988 de manera desfavorable. Asimismo, 359 solicitudes aún se encuentran pendientes de resolver y 380 han sido desistidas, según un análisis realizado por la Federación de Organizaciones de Profesionales, Autónomos y Emprendedores (OPA), tomando datos de la Seguridad Social.
Por regiones, el 23,9% del total de las solicitudes presentadas en España por autónomos en 2015 para recibir la prestación se registraron en Galicia, región donde se alcanzaron las 1.594 solicitudes, de las que 1.043 se resolvieron favorablemente y 410 resultaron desfavorables. De las 141 restantes, 37 aún se encuentran pendientes de resolver, mientras que 104 han sido desistidas.
El presidente nacional de OPA, Camilo Abiétar, ha señalado que a pesar de que en diciembre de 2014 se aprobó una nueva ley para acceder a la prestación por cese de actividad, que persigue mejorar las condiciones de los autónomos a la hora de conseguir esta ayuda, «aún es necesario que mejoren las condiciones para que los trabajadores por cuenta propia solucionen este problema».
La organización ya ha propuesto a la Administración la equiparación de las prestaciones por desempleo para todos los autónomos con los trabajadores por cuenta ajena «en tiempo, cantidades y condiciones administrativas».
En MuyPymes publicamos hace unos meses cuáles eran los requisitos que tenían que cumplir los autónomos para poder acceder a esta prestación por cese de actividad, que recordamos, puede cobrarse durante un máximo de nueve meses.