El Tribunal Europeo de Justicia ha dictaminado, que enlazar desde una página de Internet a un artículo en otra web no requiere el permiso del titular de los derechos de autor de dicho articulo. La decisión del tribunal aleja el fantasma de una regulación que podría haber afectado negativamente al desarrollo de gran parte de la Red en los 28 Estados miembros.
La sentencia lo explica así: “El Tribunal de Justicia considera que la disposición de hacer clic en enlaces a obras protegidas constituye un acto de comunicación. Tal acto se define como la puesta a disposición de una obra al público de tal manera que los miembros del público podrán acceder a él (incluso si no hacen uso de esta posibilidad). Además, los usuarios potenciales del sitio operado por Retriever Sverige pueden ser considerados como un bien público, ya que su número es indeterminado y bastante grande”.
De este modo, el tribunal dictamina que “el propietario de un sitio web podrá, sin la autorización de los titulares de derechos de autor, redirigir a los usuarios de Internet, a través de hipervínculos, a las obras protegidas disponibles en una base de libre acceso en otro sitio”. Esto significa, tal y como explican desde Cnet, que se podrá proporcionar una lista de hipervínculos en una página web sin tener que pedir permiso primero.