Por primera vez, y debido al alto nivel de desempleo, los ministros de Economía de la Unión Europea aprobarán previsiblemente hoy mismo un nuevo procedimiento sancionador por desequilibrios excesivos, creado para identificar en fase temprana posibles problemas y prevenir así futuras crisis de deuda. Esta sanción perjudica notablemente a España, cuya tasa de paro de España es la mayor de la UE desde el inicio de la crisis, un 22,6% de la población activa, según los datos de Eurostat correspondientes a septiembre.
El indicador se calculará según la media de paro de los últimos tres años y el procedimiento sancionador se activaría cuando se supere el umbral del 10%. Una vez iniciado el expediente por paro excesivo, la UE exigirá al Estado miembro afectado que adopte medidas correctivas en un determinado plazo. Los plazos serán más flexibles que en los expedientes por déficit excesivo, ya que se considera que los desequilibrios excesivos no dependen tan directamente de la acción del Gobierno.
Si el país expedientado adopta las medidas que exige Bruselas, el procedimiento se paralizará a la espera de que se corrija el desequilibrio excesivo. Ello significa que antes de aplicar ninguna sanción se daría a España varios años para rebajar el paro. Pero si el futuro Gobierno desobedece las órdenes de la UE, se le podrían imponer multas de hasta el 0,1% del PIB. Las sanciones serían semiautomáticas, es decir se aprobarían a propuesta de la Comisión salvo que una mayoría cualificada de países las tumbe.