Desde hace dos años y medio, Google España y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) mantienen un conflicto sobre quién debe retirar de Internet un enlace a una información o dato sobre una persona cuando ésta lo reclama. Actualmente, hay más de 90 casos planteados por la AEPD y unos 60 recursos de Google contra resoluciones de la citada agencia reclamándole la retirada de enlaces que considera sensibles y perjudiciales para el peticionario.
Este mismo miércoles cinco de estos casos se verán ante la Audiencia Nacional. El conflicto siempre se repite, una persona pide la retirada de un enlace y aquí es donde entre la disputa. La Agencia Española de Protección de Datos considera que no puede obligarse a la fuente de la noticia o documento a retirarla porque ello alteraría el propio historial y se dirige al buscador para que deje de presentar el enlace.
Por su parte, Google sostiene que es la fuente quien debe reaccionar ante una petición de este tipo retirando el archivo, o en el caso de que ello no proceda, bloqueando el acceso a la página por parte de los buscadores. La propia compañía explicaba que: «Nosotros queremos cumplir, y estamos comprometidos con eliminar los enlaces y borrar del índice y de la caché de Google cualquier contenido denunciado, siempre y cuando la fuente original también lo retire».
El buscador recuerda que los sitios disponen de tecnología para evitar que determinados contenidos no aparezcan en buscadores, como el estándar robots.txt (Estándar de Exclusión de Robots), un protocolo para prevenir que los contenidos en la Web sean incluidos en los índices de los buscadores de forma automática.