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Viernes, 22 Noviembre 2024

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Día Internacional de los Trabajadores: mucho por hacer

Celebramos un año más el Día Internacional de los Trabajadores

Hoy 1 de mayo todos celebramos el Día internacional de los Trabajadores, la fiesta del Movimiento Obrero Mundial. Desde que fue establecido en todos los países por acuerdo del Congreso Obrero Socialista, celebrado en París en 1889, es una jornada de lucha reivindicativa y de homenaje a los Mártires de Chicago, que fueron ajusticiados por su participación en las jornadas de lucha por consecución de la jornada laboral de ocho horas que culminaron el la huelga del primero de mayo de 1886 en los Estados Unidos.

Lo cierto, es que curiosamente en EE.UU. no se celebra esta conmemoración, si no la del primer lunes de septiembre desde 1882 a propuesta del dirigente Peter J. Mac Guire de la Central Labor Union. Esta celebración fue apoyada e impulsada por los patrones y gobierno para eclipsar al primero de mayo.

Una de las reivindicaciones básicas de los trabajadores era la jornada de 8 horas. En este contexto se produjeron varios movimientos: en 1829 se formó un movimiento para solicitar a la legislatura de Nueva York la jornada de ocho horas. Anteriormente existía una ley que prohibía trabajar más de 18 horas, salvo caso de necesidad. Si no había tal necesidad, cualquier funcionario de una compañía de ferrocarril que hubiese obligado a un maquinista o fogonero a trabajar jornadas de 18 horas diarias debía pagar una multa de 25 dólares.

La mayoría de los obreros estaban afiliados a la Noble Orden de los Caballeros del Trabajo, pero tenía más preponderancia la American Federation of Labor (Federación Estadounidense del Trabajo), de origen anarquista. En su cuarto congreso, realizado el 17 de octubre de 1884, había resuelto que desde el 1 de mayo de 1886 la duración legal de la jornada de trabajo debería ser de ocho horas. En caso de no obtener respuesta a este reclamo, se iría a una huelga.

Y finalmente, y dado que al final la llamada Ley Ingersoll, impuesta por el presidente de Estados Unidos Andrew Johnson y que establecía las 8 horas de trabajo diarias, no se cumplía, el 1 de mayo de 1886, 200.000 trabajadores iniciaron la huelga, mientras que otros 200.000 obtenían esa conquista con la simple amenaza de paro.

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En Chicago donde las condiciones de los trabajadores eran mucho peor que en otras ciudades del país las movilizaciones siguieron los días 2 y 3 de mayo. La producción se mantenía a base de esquiroles. El día 2 la policía disolvió violentamente una manifestación de más de 50.000 personas y el día 3 se celebró una concentración en frente de sus puertas. Cuando estaba en la tribuna el anarquista August Spies sonó la sirena de salida de un turno de rompehuelgas. Los concentrados se lanzaron sobre los scabs (amarillos) comenzando una pelea campal. Una compañía de policías, sin aviso alguno, procedió a disparar a quemarropa sobre la gente produciendo 6 muertos y varias decenas de heridos.

Finalmente, a finales de mayo de 1886 varios sectores patronales accedieron a otorgar la jornada de 8 horas a varios centenares de miles de obreros. El éxito fue tal, que la Federación de Gremios y Uniones Organizadas expresó su júbilo con estas palabras:

«Jamás en la historia de este país ha habido un levantamiento tan general entre las masas industriales. El deseo de una disminución de la jornada de trabajo ha impulsado a millones de trabajadores a afiliarse a las organizaciones existentes, cuando hasta ahora habían permanecido indiferentes a la agitación sindical».

¿Para atrás como los cangrejos?

Y tanta lucha durante siglos para conseguir unos derechos básicos para el trabajador, ¿en qué está quedando? Esa es la pregunta que se hacen muchos ciudadanos y que nos hacemos aún más desde que el Gobierno implantó su polémica Reforma Laboral, que ha ocasionado ya dos huelgas generales. De hecho, la propia Organización Internacional del Trabajo critica que la norma de 2012 debilita los derechos de la libertad sindical y de negociación colectiva y acusa al Ejecutivo que la haya aprobado utilizando la crisis como excusa.

La OIT «invita al Gobierno a que promueva un diálogo tripartito» sobre esta última ley, de cara a conseguir los objetivos en materia de negociación colectiva que establecen los principio de la organización y que España ha ratificado. Además, este decreto ley se aplicó sin consultar con los agentes sociales, como constata el informe, contraviniendo las recomendaciones del organismo, que deja clara la importancia del diálogo con tiempo suficiente antes de la aprobación de este tipo de leyes.

Entre los puntos más polémicos se encuentran:

1. Bajadas de salario y/o modificación de las condiciones laborales

El empresario ya puede bajar el salario, modificar las horas de trabajo, cambiar las funciones de los empleados o el lugar del mismo con mucha más facilidad que antes. La reforma establece que «la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo», siempre que aluda «probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción».

2. Rebaja de la indemnización por despido

Los 45 días de indemnización por año trabajado pasan a la historia, ya que los nuevos contratos llevarán sólo 33 días por año. Sin embargo, también cabe la posibilidad de que no sea despedido por ninguna de las dos cifras, sino con 20 días por año trabajado. Esto se podrá hacer si la empresa presenta resultados negativos o perspectivas de tenerlos.

3. Despidos masivos o «ERES» sin autorización

Hasta ahora, los expedientes de regulación de empleo (ere) debían obtener previamente el visto bueno de las autoridades laborales. Para conseguirlo, la empresa presentaba en numerosas ocasiones un acuerdo con los sindicatos en los que normalmente elevaba las indemnizaciones a cada despedido para agilizar el proceso. Ahora ya no será necesario la autorización previa de la administración, por lo que la empresa tiene más poder en estas situaciones.

4. Despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo

El trabajador puede ahora ser despedido de forma objetiva (sin derecho a indemnización) «por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses».

5. Contrato indefinido con un año de prueba

El denominado contrato para emprendedores (para empresas de menos de 50 empleados) ha recibido bastantes críticas, ya que en la práctica supone un contrato con un periodo de prueba de hasta los 12 meses durante el cual podrás ser despedido sin preaviso y sin indemnización.

Pese a este clima de incertidumbre laboral que vivimos, paro y crisis económica, cerca del 80% de los trabajadores españoles dice ser feliz con su trabajo, 1,2 puntos porcentuales menos que hace un año, según la IV Encuesta Adecco ‘La felicidad en el trabajo’, elaborada a propósito del Día Internacional de la Felicidad, que se celebró el pasado 20 de marzo.

Claro que eso quienes trabajan, porque, por el contrario, frente a estos mayores índices de bienestar en el trabajo se encuentra la opinión de aquellos que se encuentran desempleados. En una escala del 1 al 10, el índice medio de felicidad es de 5,4 puntos, una cifra que alcanzaría los 8,1 puntos si encontraran un empleo. Y sí, ahora parece que es el trabajo lo que da la felicidad.

Hoy sobran motivos para manifestarse y a lo largo y ancho del país se aprovecha para que los trabajadores puedan reivindicar sus derechos con manifestaciones varias. Hoy sobran los motivos porque: en 2013 se perdieron más de medio millón de empleos y que con un 2% del PIB de la UE se crearían 11 millones de empleos de calidad, una cantidad grande, pero irrisoria en comparación con el billón de euros que se ha utilizado para rescatar a la banca.

También hay que recordar, que hay 700.000 familias en las que actualmente ningún miembro percibe ingreso alguno: ni salario ni prestación por desempleo. Por si esto fuera poco, el poco empleo que se está generando no es de calidad, suelen ser contratos a tiempo parcial y muy temporal. Y está afectando básicamente al género femenino. Más de un 75% de las personas afectadas por este tipo de contrato son mujeres, aumentándose así aún más la brecha entre hombres y mujeres en los contratos temporales.

Está claro, que se han perdido muchas cosas en materia del bienestar, y a nivel laboral sobre todo. Y si hay algo claro, y que a lo largo de la historia se ha podido constatar, es que la unión hace la fuerza.

 

 

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